La ley de la seguridad No 105 mediante el artículo 109 establece que la protección se concede mediante prestaciones monetarias, especie y servicios.
- Prestaciones monetarias: PMT, eventuales emergentes, eventuales para viajar.
- Especie: Dietas especiales a enfermos, módulo para postrados
- Servicios: Asistencia social a domicilio, hogar de anciano, casa de abuelos, entrega de recursos.
Para la entrega de recursos y la ayuda económica se realiza una caracterización al núcleo y de acuerdo a sus necesidades son beneficiadas todas las personas de este teniendo en cuenta el sexo y la edad para la asignación de cada recurso, y para la ayuda en dependencia de la cantidad de personas que vivan en el núcleo así será la cantidad monetaria.
Ayuda Económica monetaria:
- Para una persona-$217.00
- Para dos personas-$228.00
- Para tres personas-$237.00
- Para cuatro personas-$245.00
- Para cinco personas y más-$260.00
Ayuda en Recursos
- Avituallamiento(sábanas, toallas)
- Ropa Interior (blúmer, calzoncillo, medias)
- Ropa
- Zapatos
- Colchones
- Camas
- Juego de sala
- Juego de comedor
- Tanques
- Cubos
Leer más...