Cambio de domicilio

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Es la actualización del registro de direcciones a partir de la solicitud del ciudadano y con el consentimiento del titular del inmueble donde pretende domiciliarse. Los cambios de domicilio pueden ser solicitados de manera Transitoria o Permanente.

 Transitorio: Se puede solicitar desde 1 mes hasta 1 año y prorrogable cuantas veces deseen las partes, siempre y cuando este transitorio no esté asociado a las regulaciones del Decreto 217/97.

Permanente: por tiempo indefinido, hasta que el titular realice un nuevo movimiento en el registro de direcciones. Para  ambos tipos de cambios es obligatorio.